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La fórmula, paso a paso

Cómo se calcula la indemnización por despido improcedente

El cálculo tiene solo tres ingredientes: tu salario regulador, tu antigüedad y los días de indemnización por año que marca la ley. Aquí te lo explicamos con ejemplos numéricos para que puedas comprobar tú mismo el resultado de la calculadora.

Paso 1: calcula el salario regulador diario

El salario regulador es la base de todo el cálculo. No es solo tu salario base: incluye todos los conceptos salariales que percibes de forma habitual (salario base, complementos, pluses, comisiones medias) más la parte proporcional de las pagas extraordinarias.

La forma más sencilla de obtenerlo es partir de tu salario bruto anual y dividirlo entre 365:

Salario regulador diario = Salario bruto anual ÷ 365

Por ejemplo, si cobras 1.800 € brutos al mes en 14 pagas, tu salario anual es 1.800 × 14 = 25.200 €. El salario regulador diario será 25.200 ÷ 365 = 69,04 € al día.

Portapapeles con documentos sobre una mesa de reuniones
Antes de firmar conviene tener la cuenta hecha por escrito: dias por ano, tope legal y salario regulador.

Paso 2: calcula tu antigüedad

La antigüedad es el tiempo transcurrido entre la fecha de alta (inicio del contrato) y la fecha de efectos del despido. Se cuenta en años, y los periodos inferiores a un año se prorratean por meses. En nuestra calculadora este cálculo se hace de forma automática y precisa al día.

Paso 3: aplica los días de indemnización por año

Aquí es donde entra la parte legal. Desde la reforma laboral de 2012, la indemnización por despido improcedente es de 33 días de salario por año trabajado, con un tope de 24 mensualidades (720 días).

Indemnización = Salario diario × 33 × (años trabajados), con el límite de 720 días de salario.

Ejemplo sencillo (contrato posterior a 2012)

Imagina a Marta, que empezó el 1 de enero de 2016 y es despedida el 1 de enero de 2026. Ha trabajado 10 años exactos y cobra 25.200 € brutos anuales.

Como 330 días está por debajo del tope de 720, se aplica el importe completo.

El régimen transitorio de 2012 (contratos antiguos)

Si tu contrato es anterior al 12 de febrero de 2012, el cálculo se divide en dos tramos, porque antes de esa fecha la indemnización era mayor:

La suma de ambos tramos tiene un tope general de 720 días. Sin embargo, hay una excepción: si solo con el tramo 1 (el de 45 días) ya se superan los 720 días, entonces el tope pasa a ser ese número de días, con un máximo absoluto de 42 mensualidades (1.260 días).

Ejemplo con régimen transitorio

Carlos empezó el 1 de enero de 2005 y es despedido el 1 de enero de 2026, con un salario de 30.000 € anuales. Su antigüedad total es de 21 años.

Fíjate en el detalle: la suma bruta daba 778,8 días, pero el tope de 720 días recorta el resultado. Nuestra calculadora te avisa expresamente cuando se aplica un tope legal.
Documentos y nominas sobre una mesa de oficina
Las nominas de los ultimos doce meses son la fuente para calcular el salario regulador: sin ellas, cualquier cifra es una estimacion.

Comprueba tu caso al instante

Hacer esto a mano es tedioso y propenso a errores, sobre todo con el régimen de 2012. Nuestra calculadora aplica automáticamente los tramos, el prorrateo por meses y todos los topes:

Calcular mi indemnización

Preguntas rápidas sobre el cálculo

¿El salario regulador es bruto o neto?

Siempre bruto. Se usa el salario antes de descontar IRPF y cotizaciones a la Seguridad Social.

¿Se incluyen las pagas extra?

Sí. El salario regulador incorpora la parte proporcional de las pagas extraordinarias. Por eso, al partir del salario anual, ya las tienes incluidas.

¿Qué pasa con las horas extra y las comisiones?

Los conceptos salariales variables que se perciben de forma habitual (como comisiones) suelen promediarse e incluirse en el salario regulador. Las horas extra estructurales también pueden computar. En casos con retribución variable importante conviene revisar el detalle con un profesional.

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Fuentes oficiales y metodología

El cálculo y las cifras de esta guía se basan en la legislación laboral española vigente. Estas son las normas y criterios de referencia aplicados:

  • Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 2/2015): art. 56 (efectos del despido improcedente) y Disposición Transitoria 11.ª (indemnización de contratos anteriores al 12 de febrero de 2012).
  • Real Decreto-ley 3/2012: fija la indemnización del despido improcedente en 33 días de salario por año trabajado desde el 12 de febrero de 2012 (antes eran 45 días).
  • Doctrina de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo sobre el salario regulador, el prorrateo de pagas extraordinarias y los topes de mensualidades.

Última revisión: 19 de julio de 2026 · Contenido elaborado y verificado por la redacción de despidoimprocedente.net conforme a nuestra política editorial, a partir de fuentes normativas oficiales (BOE) y de la doctrina de los tribunales.