Qué es el salario regulador y qué incluye
El salario regulador es la pieza que más discusiones genera en un despido, porque de él depende directamente el importe de la indemnización. Te explicamos cómo se calcula, qué conceptos entran y cuáles se quedan fuera.
Cuando se habla de indemnización por despido, casi todo el mundo recuerda la fórmula de los días por año trabajado. Pero esa fórmula tiene dos factores: la antigüedad y el salario regulador. Un error de unos pocos euros en el salario diario, multiplicado por muchos años de antigüedad, puede suponer una diferencia de miles de euros en la indemnización final. Por eso conviene entender bien qué es y cómo se calcula.
Qué es el salario regulador
El salario regulador es la retribución que sirve de base para calcular la indemnización por despido. No es el salario base a secas, ni la cifra que aparece en la casilla superior de tu nómina. Es el conjunto de todas las percepciones salariales que percibes, expresado en términos diarios.
La regla general que aplican los tribunales es tomar el salario bruto anual con las pagas extraordinarias incluidas y dividirlo entre 365 días para obtener el salario diario. Ese salario diario es el que se multiplica por el número de días de indemnización que resultan de la antigüedad.
Fórmula del salario regulador diario:
Salario diario = Salario bruto anual (con pagas prorrateadas) ÷ 365
Qué conceptos se incluyen
El principio de partida es que se computa todo lo que tenga naturaleza salarial, es decir, todo lo que retribuya tu trabajo. El artículo 26 del Estatuto de los Trabajadores define qué es salario y qué no. Se incluyen, entre otros:
- Salario base: la retribución fija por unidad de tiempo.
- Pagas extraordinarias: las dos pagas del artículo 31 del Estatuto, ya estén prorrateadas o se cobren en junio y diciembre.
- Complementos personales: antigüedad, trienios o quinquenios reconocidos por convenio.
- Complementos de puesto: pluses de peligrosidad, toxicidad, nocturnidad, turnicidad o responsabilidad.
- Retribución variable: comisiones, incentivos y bonus por objetivos, siempre que tengan carácter habitual.
- Horas extraordinarias: cuando son habituales y regulares, no puntuales.
- Salario en especie: vehículo de empresa, vivienda, seguro médico, tickets restaurante o teléfono, cuando retribuyen el trabajo.
Qué conceptos se excluyen
Frente a lo anterior, quedan fuera del cálculo las percepciones que no son salario, sino compensaciones o prestaciones. El propio artículo 26 del Estatuto las llama percepciones extrasalariales:
- Dietas y gastos de manutención que compensan un gasto real del trabajador.
- Gastos de locomoción y kilometraje por desplazamientos.
- Pluses de transporte o distancia cuando compensan el coste de acudir al trabajo.
- Indemnizaciones por traslado o por herramientas.
- Prestaciones e indemnizaciones de la Seguridad Social, como la parte de una baja que abona la mutua.
- Mejoras sociales como ayudas de estudios o de guardería, según su configuración.
La distinción no siempre es evidente. Un mismo concepto, como un "plus de transporte", puede ser salarial o extrasalarial según cómo esté regulado en el convenio y si compensa o no un gasto real. Ante la duda, conviene revisar el convenio y las nóminas de los últimos meses.
Ejemplo numérico del salario regulador
Carlos tiene la siguiente estructura retributiva mensual: 1.500 € de salario base, 150 € de plus de responsabilidad y una media de 200 € mensuales de comisiones habituales. Además, cobra dos pagas extra de 1.650 € cada una. Veamos cómo se construye su salario regulador.
| Concepto | Importe mensual | Cómputo anual |
|---|---|---|
| Salario base (×12) | 1.500,00 € | 18.000,00 € |
| Plus de responsabilidad (×12) | 150,00 € | 1.800,00 € |
| Comisiones habituales (×12) | 200,00 € | 2.400,00 € |
| Dos pagas extraordinarias | — | 3.300,00 € |
| Salario bruto anual | 25.500,00 € |
Con estos datos, el salario regulador diario de Carlos es:
25.500 € ÷ 365 = 69,86 € al día.
Si Carlos tuviera 8 años de antigüedad y su despido fuera declarado improcedente, se aplicarían 33 días de salario por año, lo que da 264 días de indemnización. El resultado sería 264 × 69,86 = 18.443,04 €. Si hubiéramos olvidado incluir las comisiones, el salario diario habría sido de 63,29 € y la indemnización de 16.708,56 €: casi 1.735 € menos por un solo concepto olvidado.
Por qué es tan importante ajustar bien el salario regulador
Como el salario diario multiplica a un número de días que puede ser muy alto, cada euro cuenta. Las empresas, al calcular la indemnización, tienden a partir de un salario regulador "estrecho", dejando fuera comisiones, variables o el salario en especie. Revisar las nóminas de los últimos doce meses y reconstruir el salario anual real es, muchas veces, la diferencia entre una indemnización justa y una insuficiente.
Preguntas frecuentes
¿Se usa el salario bruto o el neto?
Siempre el salario bruto, antes de retenciones y cotizaciones. La indemnización por despido se calcula sobre el bruto.
¿Qué periodo se toma como referencia?
Como regla general se toma el salario vigente en el momento del despido, calculado en cómputo anual. Para conceptos variables como comisiones, se suele acudir a la media de los últimos doce meses para reflejar la retribución real.
¿El coche de empresa cuenta en el salario regulador?
Sí, si se disfruta también para uso particular, porque en ese caso constituye salario en especie. Su valoración se incorpora al salario anual.
¿Las horas extra puntuales se incluyen?
No. Solo se computan las horas extraordinarias cuando son habituales y regulares. Las horas extra esporádicas no forman parte del salario regulador.
¿Y si mi salario ha subido en el último año?
Se toma el salario vigente en la fecha del despido. Una subida reciente se refleja en el cálculo, y una bajada indebida podría impugnarse.
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Fuentes oficiales y metodología
El cálculo y las cifras de esta guía se basan en la legislación laboral española vigente. Estas son las normas y criterios de referencia aplicados:
- Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 2/2015): art. 56 (efectos del despido improcedente) y Disposición Transitoria 11.ª (indemnización de contratos anteriores al 12 de febrero de 2012).
- Real Decreto-ley 3/2012: fija la indemnización del despido improcedente en 33 días de salario por año trabajado desde el 12 de febrero de 2012 (antes eran 45 días).
- Doctrina de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo sobre el salario regulador, el prorrateo de pagas extraordinarias y los topes de mensualidades.
Última revisión: 19 de julio de 2026 · Contenido elaborado y verificado por la redacción de despidoimprocedente.net conforme a nuestra política editorial, a partir de fuentes normativas oficiales (BOE) y de la doctrina de los tribunales.