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Ejecución de sentencia

Readmisión o indemnización: qué pasa tras un despido improcedente

Cuando un despido se declara improcedente, alguien tiene que elegir entre readmitir al trabajador o pagarle la indemnización. Por regla general elige la empresa, salvo con los representantes de los trabajadores. Te explicamos qué implica cada opción y qué es la readmisión irregular.

Que un despido se declare improcedente no significa automáticamente que el trabajador reciba una indemnización. El artículo 56 del Estatuto de los Trabajadores abre dos caminos: la readmisión del trabajador en su puesto o el abono de una indemnización. Lo determinante es quién elige entre esas dos opciones y qué consecuencias tiene cada una. Aquí explicamos cómo funciona ese mecanismo, poco conocido pero decisivo.

¿Quién elige: la empresa o el trabajador?

La regla general es clara: la opción corresponde a la empresa. Una vez notificada la sentencia que declara el despido improcedente, el empresario dispone de un plazo de cinco días para comunicar por escrito si readmite al trabajador o si opta por pagarle la indemnización. Si no dice nada dentro de ese plazo, la ley entiende que opta por la readmisión.

Existe una excepción muy importante: si el despedido es un representante legal de los trabajadores o un delegado sindical, la opción corresponde a él, no a la empresa. Es una garantía frente a represalias. Si el representante no elige, se entiende que opta por la readmisión.

Qué implica la readmisión

Optar por la readmisión no es un simple "vuelve mañana". La ley exige que la reincorporación se produzca en las mismas condiciones que regían antes del despido. En concreto:

Los salarios de tramitación

Los salarios de tramitación son una pieza clave de la readmisión. Consisten en los salarios que el trabajador dejó de percibir desde la fecha del despido hasta la notificación de la sentencia que declara la improcedencia (o hasta que encontrara otro empleo, si fue antes). Es decir, se le paga por todo el tiempo que estuvo fuera injustamente.

Estos salarios de tramitación proceden siempre que la empresa opta por la readmisión. En cambio, cuando la empresa opta por la indemnización, por regla general no hay salarios de tramitación, salvo en supuestos específicos como el despido de representantes.

Opción elegidaQué recibe el trabajadorSalarios de tramitación
ReadmisiónReincorporación al mismo puestoSí, desde el despido hasta la sentencia
Indemnización33 días/año, máx. 24 mensualidadesNo (regla general)
Silencio de la empresaSe entiende readmisión

Readmisión irregular: cuando la empresa no readmite de verdad

A veces la empresa dice que readmite, pero en la práctica no lo hace o lo hace mal. Es lo que se conoce como readmisión irregular. Se produce cuando:

Ante una readmisión irregular, el trabajador puede acudir al incidente de no readmisión dentro del proceso de ejecución de sentencia. El juez, si aprecia que la readmisión no se hizo en debida forma, puede declarar extinguida la relación laboral y condenar a la empresa a pagar la indemnización más los salarios de tramitación hasta ese momento, e incluso incrementar la indemnización.

Si te readmiten en un puesto inferior, con menos sueldo o sin darte trabajo real, no lo aceptes en silencio: puede tratarse de una readmisión irregular. Solicita cuanto antes la ejecución de la sentencia ante el Juzgado de lo Social.

La ejecución de sentencia

Cuando la sentencia es firme y la empresa no cumple —no readmite, no paga la indemnización o no abona los salarios de tramitación— el trabajador solicita la ejecución de la sentencia. El Juzgado de lo Social impulsa entonces el cumplimiento forzoso: cita a las partes, comprueba lo ocurrido y, si procede, dicta un auto declarando extinguida la relación laboral con las cantidades que correspondan. La ejecución es la garantía de que la sentencia no se queda en papel mojado.

Preguntas frecuentes

Si la empresa opta por readmitirme, ¿estoy obligado a volver?

Sí. Si la empresa opta legítimamente por la readmisión y te reincorpora en las mismas condiciones, debes volver al trabajo. Negarte podría interpretarse como una baja voluntaria y hacerte perder la indemnización.

¿Puedo elegir yo la indemnización en lugar de volver?

Por regla general no. La opción corresponde a la empresa, salvo que seas representante legal de los trabajadores o delegado sindical. En ese caso, la elección es tuya.

¿Qué pasa si la empresa no dice nada tras la sentencia?

Si la empresa no comunica su opción en el plazo de cinco días, la ley entiende que opta por la readmisión, con derecho del trabajador a los salarios de tramitación.

¿Cobro los salarios de tramitación si me pagan la indemnización?

Como regla general, no. Los salarios de tramitación van unidos a la readmisión. Solo se abonan con la opción indemnizatoria en supuestos concretos, como el despido de representantes de los trabajadores.

¿Qué hago si me readmiten en peores condiciones?

Puede tratarse de una readmisión irregular. Debes instar el incidente de no readmisión en ejecución de sentencia para que el juez valore si la reincorporación se hizo correctamente y, en su caso, declare extinguido el contrato con indemnización y salarios de tramitación.

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Fuentes oficiales y metodología

Los plazos y trámites descritos en esta guía siguen la Ley reguladora de la jurisdicción social y el Estatuto de los Trabajadores. Fuentes:

  • Ley 36/2011 reguladora de la jurisdicción social (LRJS), arts. 103 a 113: modalidad procesal de despido, plazo de caducidad de 20 días hábiles y conciliación previa (SMAC).
  • Estatuto de los Trabajadores (RDLeg 2/2015): art. 59 (caducidad de la acción de despido y prescripción) y art. 56 (opción entre readmisión e indemnización y salarios de tramitación).

Última revisión: 19 de julio de 2026 · Contenido elaborado y verificado por la redacción de despidoimprocedente.net conforme a nuestra política editorial, a partir de fuentes normativas oficiales (BOE) y de la doctrina de los tribunales.