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Indemnización y cálculo

Indemnización por despido en un contrato a tiempo parcial

Si trabajas a tiempo parcial y te despiden, la indemnización se calcula con la misma fórmula que a jornada completa, pero con un matiz importante en el salario. Y ojo: la antigüedad no se reduce por trabajar menos horas. Te lo explicamos con un ejemplo.

Trabajar a tiempo parcial genera muchas dudas cuando llega un despido. La más habitual es si la indemnización se calcula de otra forma o si el hecho de trabajar menos horas penaliza de algún modo. La buena noticia es que la ley protege exactamente igual al trabajador a tiempo parcial: la fórmula de la indemnización es idéntica a la de jornada completa. Lo que cambia es una única variable, el salario regulador, porque quien cobra menos al mes recibe también una indemnización menor en euros. En este artículo lo explicamos paso a paso, con un ejemplo numérico completo y los errores que conviene evitar.

¿Se calcula igual que a jornada completa?

Sí. La fórmula no distingue entre jornada completa y jornada parcial. En un despido improcedente corresponden 33 días de salario por año trabajado (y 45 días por año para el tiempo anterior al 12 de febrero de 2012, con los topes de 24 y 42 mensualidades que fija la reforma laboral). En un despido objetivo procedente la indemnización es de 20 días de salario por año, con un tope de 12 mensualidades.

Es decir, un contrato a media jornada da derecho a los mismos días de indemnización por año que uno a jornada completa. La diferencia no está en la fórmula, sino en el importe del "día de salario" que se multiplica. Puedes ver el mecanismo general en cómo se calcula la indemnización.

El salario regulador a tiempo parcial (la clave)

El salario regulador es la pieza que hace que la indemnización de un contrato parcial sea inferior en euros a la de uno completo con la misma antigüedad. Y aquí está el punto que muchos trabajadores confunden.

Importante: el salario regulador de un contrato a tiempo parcial se calcula sobre el salario realmente percibido, proporcional a la jornada. NO se "eleva" ni se convierte a lo que se cobraría a jornada completa. Si trabajas media jornada y cobras la mitad, tu salario diario regulador es también, aproximadamente, la mitad.

El salario regulador diario se obtiene sumando el salario base a tiempo parcial más los complementos que percibes, más el prorrateo de las pagas extraordinarias, y dividiendo el total entre 365 días (o entre los días que correspondan al periodo que se toma de referencia). Cuanto menor es la jornada, menor es ese salario diario, y por tanto menor la indemnización final.

Cuando la jornada es irregular o hay horas complementarias que varían de un mes a otro, lo habitual es promediar lo percibido en un periodo representativo (por ejemplo, los últimos meses o el último año) para hallar un salario regulador realista. Así se evita que un mes puntualmente bajo o alto distorsione el cálculo.

La antigüedad NO se reduce por trabajar menos horas

Este es el error más extendido. La antigüedad se cuenta por el tiempo de vigencia del contrato, en años y fracción, y NO por el número de horas trabajadas. Un año trabajado a media jornada cuenta como un año completo de antigüedad, exactamente igual que un año a jornada completa.

Dicho de otro modo: trabajar 20 horas semanales durante tres años no equivale a "año y medio" de antigüedad. Son tres años. Lo que se reduce por la jornada parcial es el salario diario, no el tiempo de servicio. Tienes el detalle del cómputo en cómo se cuenta la antigüedad.

Ejemplo práctico paso a paso

Veámoslo con números. Imagina una trabajadora con contrato a media jornada, un salario bruto de 700 € al mes y una antigüedad de 3 años, a quien despiden de forma improcedente (todo el periodo posterior a 2012, así que se aplican 33 días por año).

PasoCálculo orientativoResultado
1. Salario anual (14 pagas)700 € × 149.800 €
2. Salario regulador diario9.800 € ÷ 365≈ 26,85 €/día
3. Días de indemnización33 días × 3 años99 días
4. Indemnización total26,85 € × 99≈ 2.658 €

El salario regulador diario sale de multiplicar los 700 € por 14 pagas (12 mensualidades más 2 extras, que aquí incluimos como prorrateo) y dividir entre 365. El resultado, unos 26,85 € al día, se multiplica por los 99 días que corresponden a 3 años a razón de 33 días por año. La indemnización orientativa ronda los 2.658 €.

Compáralo con una jornada completa que cobrase 1.400 € brutos/mes con la misma antigüedad: el salario diario sería el doble (≈ 53,70 €) y la indemnización rondaría los 5.316 €. Misma fórmula, mismos días, mismo tiempo de servicio: la única diferencia son los euros del salario regulador.

Este cálculo es orientativo y redondeado para explicar el mecanismo. El importe exacto depende de tus complementos, del prorrateo real de pagas y de si tienes tramos anteriores a 2012. Usa la calculadora del sitio para obtener la cifra precisa a partir de tus datos reales.

Errores frecuentes

Preguntas frecuentes

¿Cobro menos indemnización por trabajar a tiempo parcial?

En euros, sí, porque tu salario regulador diario es menor al ser proporcional a tu jornada. Pero no cobras menos por año ni por menos tiempo: la fórmula y los días por año son idénticos a los de jornada completa.

Si llevo 4 años a media jornada, ¿cuentan como 4 años o como 2?

Como 4 años. La antigüedad se mide por el tiempo que ha estado vigente el contrato, no por las horas. Cuatro años a media jornada son cuatro años de antigüedad a efectos de indemnización.

¿Cómo se calcula el salario regulador si mi jornada varía cada mes?

Se promedia lo percibido en un periodo representativo, normalmente los últimos meses o el último año, incluyendo las horas complementarias. Así se obtiene un salario diario que refleja tu situación real y no un mes puntual.

¿Se incluyen las pagas extra en el cálculo?

Sí. El salario regulador incorpora el prorrateo de las pagas extraordinarias, aunque las tengas prorrateadas en las doce mensualidades. Por eso en el ejemplo multiplicamos por 14 pagas antes de dividir entre 365.

¿Los días de indemnización son distintos en un contrato parcial?

No. Son 33 días por año en despido improcedente (45 para lo anterior a febrero de 2012) y 20 días por año en despido objetivo, exactamente igual que a jornada completa. Puedes consultar la tabla de indemnización por años para ver la equivalencia.

Calcula tu indemnización

Fuentes oficiales y metodología

El cálculo y las cifras de esta guía se basan en la legislación laboral española vigente. Estas son las normas y criterios de referencia aplicados:

  • Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 2/2015): art. 56 (efectos del despido improcedente) y Disposición Transitoria 11.ª (indemnización de contratos anteriores al 12 de febrero de 2012).
  • Real Decreto-ley 3/2012: fija la indemnización del despido improcedente en 33 días de salario por año trabajado desde el 12 de febrero de 2012 (antes eran 45 días).
  • Doctrina de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo sobre el salario regulador, el prorrateo de pagas extraordinarias y los topes de mensualidades.

Última revisión: 19 de julio de 2026 · Contenido elaborado y verificado por la redacción de despidoimprocedente.net conforme a nuestra política editorial, a partir de fuentes normativas oficiales (BOE) y de la doctrina de los tribunales.